Dirección
Av. Pedro Montt 249, Purranque centro
Objetivos
El ADMINISTRADOR MUNICIPAL será el colaborador directo del Alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente del Municipio, en la elaboración y seguimiento del Plan Anual de Acción Municipal; correspondiéndole las siguientes funciones:
Funciones
De acuerdo a la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, es deber de la Administración las siguientes materias:
- 1. Ejecutar tareas de coordinación de todas las Unidades Municipales.
- 2. Colaborar directamente con el Alcalde en la gestión del Municipio y en la elaboración y seguimiento del Plan Anual de Acción Municipal.
- 3. Ejercer las demás funciones que se le encomienden mediante su propio reglamento interno.
- 4. Colaborar con el Alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente de todas las unidades municipales, de acuerdo a las Instrucciones que aquel imparta.
- 5. Ejercer las atribuciones que le delegue expresamente el Alcalde, en conformidad con la ley y las demás funciones que se le encomiendan en este reglamento, sin perjuicio que la delegación debe limitarse a las funciones vinculadas al cargo de administrador/a municipal.
- 6. Para el cumplimiento de sus funciones, el/la Administrador/a Municipal podrá tener el apoyo administrativo, técnico y profesional que le asigne el Alcalde.
- De la administración Municipal dependen las siguientes unidades y oficinas:
- Unidad de Calidad y Transparencia
- Unidad de Gabinete y Comunicaciones
- Unidad de Operaciones
- Unidad de Inspección
- Unidad de Informatica
Marianela Huenchor H. Directora