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Concejo municipal

Dirección de Administración y Finanzas (DAF)


DIRECTOR: Juan Carlos Delgado.

Objetivo

La Dirección de Administración y Finanzas, se ubica en el nivel Directivo de la estructura organizacional, tiene como objetivo procurar la óptima provisión, asignación y utilización de los recursos económicos, humanos y materiales necesarios para el funcionamiento de los servicios municipales.

Funciones

Sus funciones serán las siguientes:

  • Asesorar al Alcalde en la Administración de Personal de la Municipalidad.

  • Asesorar al Alcalde en la Administración Financiera de los bienes municipales

  • Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos municipales.

  • Colaborar con la SECPLAN en la elaboración del Presupuesto de la Gestión Municipal

  • Visar los decretos de pago

  • Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de la contabilidad gubernamental y con las instrucciones que al respecto imparta la Contraloría General de la República.

  • Controlar la gestión financiera de las empresas municipales, si las hubiere

  • Efectuar los pagos municipales, manejar las cuentas corrientes bancarias respectivas y rendir cuenta a la Contraloría General de la República.

  • Recaudar y percibir los ingresos municipales y fiscales que correspondan.

  • Otras funciones o tareas que dentro de su competencia le sean encomendadas por su Jefatura Directa.

  • Coordinar con los servicios incorporados a la gestión municipal, las funciones a que se refiere el Art. 23, letra b), de la Ley 18.695.

  • Informar trimestralmente al Concejo Municipal sobre el detalle mensual de los pasivos acumulados desglosando las cuentas por pagar por el municipio.

  • Mantener un registro mensual, el que estará disponible para conocimiento público, sobre el desglose de los gastos del municipio.

  • Remitir a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, en el formato y por los medios que ésta determine y proporcione, los antecedentes a que se refieren las letras c) y d) del Art. 27 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

  • Remitir el informe trimestral y el registro mensual a que se refieren las letras c) y d) de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, los cuales deberán estar disponibles en la página web del municipio.

  • Informar trimestralmente al Concejo las Contrataciones del Personal, conforme a lo establecido en el Art. 27 letra a) de la Ley 18.695.

  • Velar por el oportuno cumplimiento de las obligaciones para con el personal del Servicio. En especial remuneraciones, cotizaciones previsionales y de salud, entre otras vinculadas. Debiendo informar trimestralmente para los fines del artículo 60, inciso penúltimo de la Ley 18695.

  • Para dar cumplimiento a las funciones indicadas en el artículo anterior, la Dirección de Administración y Finanzas contará con los siguientes Departamentos:

  • Unidad de Tesorería Municipal.
  • Unidad de Rentas, Patentes y Cementerios.
  • Unidad de Contabilidad y Presupuesto.
  • Departamento de Personal.
  • Unidad de Compras e inventarios.
  • Unidad de Inspecciones

Dirección

Av. Pedro Montt 249, Purranque centro

Teléfono

642 351100

Email

daf@purranque.cl

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