Dirección
Av. Pedro Montt 249, Purranque centro
Objetivos
La SECRETARÍA MUNICIPAL se ubica en el nivel directivo de la estructura organizacional y tiene como objetivo apoyar la gestión administrativa del Alcalde y del Concejo Municipal; y tendrá las siguientes funciones:
Funciones
De acuerdo a la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, es deber de la Secretaría las siguientes materias:
- 1. Dirigir las actividades de secretaría administrativa del Alcalde y del Concejo Municipal.
- 2. Desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales.
- 3. Recibir, mantener y tramitar, cuando corresponda las declaraciones de intereses establecidas por la Ley NO 18.575.
Como Secretaría Administrativa del Concejo Municipal, al Secretario Municipal le corresponderá las siguientes funciones:
- 1. Efectuar las actividades de secretaría administrativa del Concejo Municipal y actuar como ministro de fe de las sesiones formales.
- 2. Comunicar o transcribir, según corresponda, los acuerdos del Concejo Municipal.
- 3. Citar a sesiones extraordinarias, con indicación de las materias a tratar en ellas.
- 4. Levantar acta de cada sesión que celebre el Concejo Municipal en hojas foliadas, conservándolas en archivos especiales, habilitados para tal efecto.
- 5. Redactar y despachar las citaciones a funcionarios municipales y las invitaciones a personas ajenas al Municipio y que determine el Concejo. Lo mismo deberá realizar con los oficios por los cuales se solicite los informes o asesorías. Estos oficios deberán ser suscritos por el Alcalde o quien lo subrogue.
- 6. Recibir, registrar y archivar, según corresponda, la documentación que reciba y despache el Concejo Municipal.
Andrea Gonzalez V. Secretaria